El primero -según informó- es una reforma al Código Procesal Civil y Comercial de la Nación estableciendo la fijación de una audiencia conciliatoria preliminar, y una posterior audiencia de vista de causa; mientras que el segundo dispone el pago automático de los giros judiciales por honorarios, sin necesidad de esperar que los mismos consientan.
Asimismo, Cúneo Libarona invitó al Colegio a trabajar conjuntamente con el objeto de avanzar en la implementación del proceso acusatorio en materia penal, en el menor tiempo posible, a lo que Gil Lavedra expresó su disposición.
Fuente: www.diariojudicial.com.ar


