No solo por el impacto que tiene sobre una de las investigaciones más sensibles para el Gobierno, sino porque el criterio adoptado aparece en tensión con decisiones previas de la Cámara Federal, mientras la Corte Suprema había dejado firme la participación de esos querellantes al rechazar los recursos presentados para excluirlos.
El fallo sostiene que los inversores no acreditaron el perjuicio directo exigido por la ley ni la titularidad de las billeteras utilizadas para operar con el token.
La Sala II de la Cámara Federal (integrada por Martín Irurzun, Eduardo Farah y Roberto Boico) revocó la decisión inicial que había rechazado a tres damnificados como querellantes y fijó un criterio amplio sobre la legitimación. Esa interpretación inicial ya anticipa una nueva revisión de la Cámara. El contexto agrega otro elemento inevitable.
La esposa del magistrado, Ana María Cristina Juan, obtuvo la aprobación del Senado para ocupar un juzgado federal, pero su designación definitiva todavía depende del decreto del Poder Ejecutivo. Ese trámite permanece pendiente.
En los tribunales ya circula una pregunta que seguramente alimentará el debate político y judicial: ¿la resolución de Martínez de Giorgi puede contribuir a destrabar ese nombramiento o se trata de una coincidencia sin relación alguna?
Precisamente por eso, la transparencia institucional exige que cualquier decisión sobre ese pliego se adopte con fundamentos claros y sin dejar margen para sospechas.

